POR EL CUAL SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE HACIENDA, A TRAVÉS DE LA ABOGACÍA DEL TESORO, A EMITIR DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS Y A ADOPTAR MEDIDAS ADMINISTRATIVAS EN MATERIA DE REGISTRO Y FISCALIZACIÓN DE SOCIEDADES ANÓNIMAS (SA) Y DE SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. (SRL)
Asunción, 23 de Febrero de 2016
VISTO:
La presentación del Ministerio de Hacienda (expediente M.H.N° 9360/2016), en la que solicita se autorice a la Abogacía del Tesoro a emitir disposiciones reglamentarias en materia de registro y fiscalización de Sociedades Anónimas (SA) y Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) y a adoptar medidas administrativas al respecto.
La Ley N° 109/1991, "Que aprueba con modificaciones el Decreto Ley N° 15 de fecha 8 de marzo de 1990, "Que establece las funciones y estructura orgánica del Ministerio de Hacienda ", modificada y ampliada por la Ley N° 4394/20U.
La Ley N° 3228/2007, "Que modifica el Artículo 5o de la Ley N° 388/94 "Que modifica el Artículo 1051 de la Ley Nº 1183/85, "Código Civil".
La Ley N° 4017/2010 "De validez jurídica de la Firma Electrónica, la Firma Digital, los Mensajes de Datos y el Expediente Electrónico ".
La Ley N° 4679/2012, "De Trámites Administrativos ".
El Decreto N° 632/2008 "Por el cual se reglamentan los procedimientos para la inscripción de escrituras públicas de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada "; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 27, última parte, de la Ley N° 109/1991 establece que la Abogacía del Tesoro: "... Tendrá a su cargo la fijación de pautas, el registro y la fiscalización sobre la constitución de las sociedades de responsabilidad limitada, sociedades anónimas y sucursales o agencias para todo el país".
Que el artículo Io de la Ley N° 3228/2007, que modifica el Artículo 5o de la Ley N° 388/1994, establece; "Para proceder a la constitución de una Sociedad Anónima es necesario que se haya suscripto por entero el capital social emitido. Cumplidas las condiciones establecidas por la Ley para la constitución de las Sociedades Anónimas o una Sociedad de Responsabilidad Limitada, éstas deberán presentar la documentación respectiva a la Abogacía del Tesoro, la cual expedirá el dictamen pertinente en un plazo no mayor de ocho días hábiles para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos.
Formalizada la inscripción, se publicará un extracto de la constitución por el término de tres días consecutivos en un diario de gran circulación. El extracto deberá contener la individualización de la escritura pública de constitución, la denominación social, el domicilio, la duración, el objeto principal, el nombre del o de los directores y del o de los síndicos, así como el capital suscripto e integrado de la Sociedad. Cualquier modificación de los estatutos sociales o la disolución de la sociedad deberán hacerse observando las mismas formalidades y procedimientos establecidos para la constitución. Lo establecido en el presente artículo será aplicado a la Sociedades Anónimas y a las Sociedades de Responsabilidad Limitada ".
Que el artículo 37 de la Ley N° 4017/2010 hace referencia al expediente electrónico y al trámite administrativo.
Que el artículo 18 de la Ley N° 4679/2012 contempla la utilización de medios electrónicos para trámites y actuaciones que conforman los procedimientos administrativos.
Que una gestión eficiente requiere la implementación de ajustes de disposiciones reglamentarias en el menor plazo posible.
Dichos ajustes surgen como consecuencia de la revisión continua de la gestión.
Que en consecuencia, resulta conveniente autorizar al Ministerio de Hacienda para que a través de la Abogacía del Tesoro, emita disposiciones reglamentarias en materia de registro y fiscalización de Sociedades Anónimas (SA) y de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), a fin de que los ajustes se puedan realizar en la condición señalada.
Que dentro del marco de simplificación administrativa y modernización de gestión y con la intención de dinamizar la capacidad de respuesta interna y externa, también se debe autorizar a la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda a determinar la utilización de medios electrónicos en materia de registro y fiscalización de sociedades anónimas (SA) y de sociedades de responsabilidad limitada (SRL).
Que asimismo, corresponde autorizar al Ministerio de Hacienda para que a través de la Abogacía del Tesoro, actúe en casos de incumplimiento de las citadas disposiciones reglamentarias.
Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen N° 131 de fecha 17 de febrero de 2016.
POR TANTO:
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUA Y
DECRETA:
Art. 1º -
Autorízase al Ministerio de Hacienda, a través de la Abogacía del Tesoro, a emitir disposiciones reglamentarias en base al artículo 27, última parte, de la Ley N° 109/91 y al artículo 1051 del Código Civil, modificado por la Ley N° 3228/2007, en materia de registro y fiscalización de Sociedades Anónimas (SA) y de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL).
Art. 2º -
Autorízase al Ministerio de Hacienda, a través de la Abogacía del Tesoro, a determinar la utilización de medios electrónicos en la reingeniería de sus procedimientos, así como en los trámites y actos que disponga en materia de registro y fiscalización de Sociedades Anónimas (SA) y de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL).
Autorízase al Ministerio de Hacienda, a través de la Abogacía del Tesoro, a suspender el procesamiento de cualquier presentación ante dicha dependencia, en caso de incumplimiento de las citadas disposiciones reglamentarias, hasta tanto el afectado cumpla con sus obligaciones pendientes.
Dispértese que el Ministerio de Hacienda, a través de la Abogacía del Tesoro, proceda a emitir en un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha del presente Decreto, la reglamentación mencionada en el artículo Io de este acto administrativo, quedando derogado el Decreto N° 632/2008 una vez emitida la misma.
Art. 5º -
El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Hacienda,
Comuniqúese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
HORACIO MANUEL CARTES JARA
Presidente de La República
Santiago Peña Palacios
Ministro de Hacienda
RESOLUCIÓN Nº 175/16
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Asunción, 7 de abril de 2016 VISTO: la nota A.T. N° 67 del 18 de marzo de 2016 originada en la Abogacía del Tesoro de este Ministerio (Exp. M.H. N° 18.720/2016), en la que solicita la emisión de un acto administrativo que autorice a la citada dependencia a emitir disposiciones reglamentarias y a adoptar medidas administrativas en materia de registro y fiscalización de Sociedades Anónimas (SA) y de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), en el marco de lo establecido en el Decreto N° 4962 del 23 de febrero de 2016, "Por el cual se autoriza al Ministerio de Hacienda, a través de la Abogacía del Tesoro, a emitir disposiciones reglamentarias y a adoptar medidas administrativas en materia de registro y fiscalización de Sociedades Anónimas (SA) y de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) y CONSIDERANDO: Que el artículo 1° del Decreto N° 4962/2016 autoriza al Ministerio de Hacienda, a través de la Abogacía del Tesoro, a emitir disposiciones reglamentarias en materia de registro y fiscalización de Sociedades Anónimas (SA) y de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL).Que el artículo 2° del citado Decreto autoriza a este Ministerio, a través de la Abogacía del Tesoro, a determinar la utilización de medios electrónicos en la citada materia; asimismo, el artículo 3o de la mencionada norma autoriza a esta Cartera de Estado, por medio de la Abogacía del Tesoro, a suspender el procesamiento de solicitudes en caso de incumplimiento de dicho reglamento.Que, en consecuencia, corresponde autorizar a la Abogacía del Tesoro de este Ministerio a emitir disposiciones reglamentarias y a adoptar medidas administrativas en materia de registro y fiscalización de Sociedades Anónimas (SA) y de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), conforme a lo dispuesto en el Decreto N° 4962/2016.Que la Abogacía del Tesoro de este Ministerio se ha expedido en los términos del dictamen N° 231 del 21 de marzo de 2016. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones legales,EL MINISTRO DE HACIENDA Art. 1°.- Autorizar a la Abogacía del Tesoro de este Ministerio a emitir disposiciones reglamentarias y a adoptar medidas administrativas en materia de registro y fiscalización de Sociedades Anónimas (SA) y de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), conforme a lo dispuesto en el Decreto N° 4962/2016. Art. 2°.- Comunicar a quienes corresponda y archivar. Fdo.: RAMÓN RAMÍREZ CABALLERO |
Cómo funciona Scrum
El Ciclo PDCA es la sistemática más usada para implantar un sistema de mejora continua. A continuación vamos a explicar qué es lo que representa, cómo funciona y su estrecha relación con algunas normas ISO, concretamente con la ISO 9001 “Requisitos de los Sistemas de gestión de la calidad”, donde aparece mencionado como un principio fundamental para la mejora continua de la calidad.
¿Qué es el Ciclo PDCA?
El nombre del Ciclo PDCA (o PHVA) viene de las siglas Planificar, Hacer, Verificar y Actuar, en inglés “Plan, Do, Check, Act”. También es conocido como Ciclo de mejora continua o Círculo de Deming, por ser Edwards Deming su autor. Esta metodología describe los cuatro pasos esenciales que se deben llevar a cabo de forma sistemática para lograr la mejora continua, entendiendo como tal al mejoramiento continuado de la calidad (disminución de fallos, aumento de la eficacia y eficiencia, solución de problemas, previsión y eliminación de riesgos potenciales…). El círculo de Deming lo componen 4 etapas cíclicas, de forma que una vez acabada la etapa final se debe volver a la primera y repetir el ciclo de nuevo, de forma que las actividades son reevaluadas periódicamente para incorporar nuevas mejoras. La aplicación de esta metodología está enfocada principalmente para para ser usada en empresas y organizaciones.
¿Cómo implantar el Ciclo PDCA en una organización?
Las cuatro etapas que componen el ciclo son las siguientes:
1. Planificar (Plan): Se buscan las actividades susceptibles de mejora y se establecen los objetivos a alcanzar. Para buscar posibles mejoras se pueden realizar grupos de trabajo, escuchar las opiniones de los trabajadores, buscar nuevas tecnologías mejores a las que se están usando ahora, etc. (ver Herramientas de Planificación).
2. Hacer (Do): Se realizan los cambios para implantar la mejora propuesta. Generalmente conviene hacer una prueba piloto para probar el funcionamiento antes de realizar los cambios a gran escala.
3. Controlar o Verificar (Check): Una vez implantada la mejora, se deja un periodo de prueba para verificar su correcto funcionamiento. Si la mejora no cumple las expectativas iniciales habrá que modificarla para ajustarla a los objetivos esperados. (ver Herramientas de Control).
4. Actuar (Act): Por último, una vez finalizado el periodo de prueba se deben estudiar los resultados y compararlos con el funcionamiento de las actividades antes de haber sido implantada la mejora. Si los resultados son satisfactorios se implantará la mejora de forma definitiva, y si no lo son habrá que decidir si realizar cambios para ajustar los resultados o si desecharla. Una vez terminado el paso 4, se debe volver al primer paso periódicamente para estudiar nuevas mejoras a implantar.
Hay varias formas de aplicar los principios de “Planificar, Hacer, Controlar y Actuar”. Para saber más puedes leer este artículo sobre cómo implantar Programas de Acciones(Correctivas, Preventivas y de Mejora), y también puedes consultar nuestro apartado de Herramientas de mejora.
Ejemplo de implantación del Ciclo PDCA
Vamos a poner un ejemplo sencillo: Una fábrica que produce piezas de aluminio. Suponemos que en la empresa se introduce la sistemática de la mejora continua, y para ello se basan en el Ciclo PDCA conjuntamente con otras herramientas (como Lean, Seis Sigma, 5S o Kaizen …). Aplicando la mejora continua pasaría lo siguiente:
1º) Se analizan posibles mejoras, ya sea porque se han detectado problemas, porque los trabajadores han propuesto formas distintas de realizar alguna tarea, porque en el mercado han salido máquinas más eficientes que permiten ahorrar costes, etc.
2º) Se estudian las posibles mejoras y su impacto. Se eligen las que mejor van a funcionar y se decide implantarlas en una prueba piloto a pequeña escala.
3º) Una realizada la prueba piloto, se verifica que los cambios funcionan correctamente y dan el resultado deseado. Si los cambios realizados no satisfacen las expectativas se modifican para que funcionen conforme a lo esperado.
4º) Por último, si los resultados son satisfactorios se implantan a gran escala en la línea de producción de la fábrica. Una vez finalizadas e implantadas las mejoras, las actividades en la fábrica de piezas de aluminio funcionarán más eficientemente. No obstante, periódicamente habrá que volver a buscar posibles nuevas mejoras y volver a aplicar el círculo de Demming de nuevo.
Influencias del Ciclo PDCA de mejora continua en las normas ISO
En varias normas ISO se hace referencia a la mejora continua. Por ejemplo en la norma ISO 9001 se habla de la mejora continua del sistema de gestión de calidad, nombrando explícitamente al ciclo PHVA (Planificar, Hacer, Verificar y Actúar). Según la ISO 9001:2008, todo sistema de Gestión de Calidad certificado por esta norma debe aplicar la metodología de la mejora continua de forma sistematizada. Otra norma muy extendida que hace referencia a la mejora continua es la ISO 14001 relativa a losrequisitos de los Sistemas de Gestión Medioambiental. En ella se nombra otra vez al ciclo PHVA como base para la implantación del sistema de gestión ambiental.
Conozca las recomendaciones para salir de la Deuda Económica
Las deudas sacuden nuestras vidas y traen sentimientos de inseguridad. La situación desfavorable requerirá de autocontrol y mucho cuidado. Despúes de todo, el pago de la deuda y reducir el gasto es algo que se debe hacer con un medio de planificación y largo plazo.
1) Hacer una hoja de cálculo financiero: La primera tarea para los que están en deuda es hacer una lista de todas las deudas en una hoja de cálculo y organizar las finanzas. Lista de todos sus gastos mensuales. Si es posible , también detalle diario del gasto. Tenga en cuenta que este control le ayudará a tomar el control de las finanzas y organizar sus deudas.
2) Incluir el control financiero en su rutina: La tabla debe ser actualizada cada día. Si no puede, por lo menos hacerlo una vez por semana. Tener disciplina y tomarse un par de horas al día y organizar los datos.
3) Establecer metas: Establezca metas (a corto y largo plazo) para su vida. El comienzo de su control financiero es sólo un primer paso para que un día usted se convierta en un inversionista.
4) Conozca sus deudas: Lleno de datos es el momento de determinar las estrategias. Sea cuidadoso y mapee todas sus deudas. Solicite información sobre el costo de cada deuda. Es decir, cuál es el interés que se cobra por los préstamos. Así que usted puede trazar su estrategia de liquidación de deudas. Usted sabe que las deudas se pueden pagar en corto plazo y que tendrá que se renegociado.
5) Preparar un recorte del gasto: Con disciplina y planificación siempre es posible ahorrar más. Síentase libre de elegir un supermercado más barato, intercambiar el coche por el transporte público. Tomar el desayuno en casa y tener una mente abierta para evaluar los productos de marcas alternativas. Tales medidas son grandes para el iniucio de la rehabilitación financiera.
6) Ser racional con sus compras: La tarjeta de crédito es el siguiente objetivo. Aprende a usar la tarjeta con moderación. Si usted no puede dejar de ir de compras, puede dejar la tarjeta en casa o cancelarla. Desde el momento en que llegue a ser honesto con usted mismo y definir lo que se necesita y lo que es supefluo, las finanzas comienzan a tomar caminos diferentes.
7) Aumentar los recursos de la casas: Fijate bien en todo lo que tienes en tu casa. Camina a través de todas las habitaciones, revisa cajones abiertos y armarios. Asegúrate de cuáles no utilizas. Esto le ayudará a pensar dos veces antes de hacer una compra. Ademas podría hacer una lista de todo lo que puede vender para recaudar dinero para pagar sus deudas. Hay varios sitios y aplicaciones que ayudan en este trabajo, como OLX, Mercado Libre, entre otros.