Legislasys: Resolución SET 2016-00098 (R 98/16)

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 98/16
POR LA CUAL SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA INFORMAR EL PRECIO PROMEDIO PONDERADO DE PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETRÓLEO

Asunción, 28 de octubre de 2016

VISTO: La Ley N° 125/1991 “Que establece el Nuevo Régimen Tributario” y sus modificaciones;
El Decreto N° 4344 del 21 de Diciembre de 2004 "Por el cual se reglamenta el Impuesto Selectivo al Consumo previsto en la Ley N° 125/91, adecuándolo a las modificaciones introducidas en la Ley N° 2421 del 5 de julio de 2004";

La Resolución N° 589/2004 “Por la cual se reglamenta el Impuesto Selectivo al Consumo creado por la Ley N° 125/91 modificado por la Ley N° 2421 del 5 de julio de 2004”; y

CONSIDERANDO: Que para la determinación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) en la importación de los combustibles de venta libre, la base imponible constituye el promedio ponderado de los precios de venta en boca de expendio de las distribuidoras de los diferentes emblemas.

Que a fin de armonizar las normas relativas a la provisión de información para el cálculo del precio promedio ponderado de venta al público en boca de expendio del Gasoil, con las de los demás productos derivados del petróleo, tales como motonaftas, alconaftas y supernaftas, resulta necesario generalizar las reglas previstas en la Resolución General N° 95/2016 para los importadores de Gasoil.

Que la Administración Tributaria está facultada para fijar normas generales para trámites administrativos y dictar los actos necesarios para la aplicación, administración, percepción y fiscalización de los tributos.

Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido en los términos del Dictamen DEINT/PN N° 42 de fecha 28/10/2016.

POR TANTO,

LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:

Artículo 1) Modificar el artículo 12 de la Resolución N° 589/2004 el cual queda redactado de la siguiente manera:

"Art. 12°.- PROCEDIMIENTO PARA INFORMAR EL PRECIO PROMEDIO PONDERADO DE PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETRÓLEO: A los efectos de la determinación del valor imponible del Impuesto Selectivo al Consumo sobre los productos derivados del petróleo, como las motonaftas y alconaftas con o sin plomo de 85 octanos como mínimo, las supernaftas con o sin plomo de 95 octanos o más y las naftas sin plomo de 97 octanos o más, los importadores deberán informar a la SET el primer día hábil de cada semana, el precio promedio ponderado de venta al público en boca de expendio de los combustibles de las Estaciones de Servicios de la Capital y el Departamento Central, por emblema.
Este informe deberá corresponder a 5 (cinco) Estaciones de Servicios de la Capital y el Departamento Central que comercialicen productos de su emblema, ubicadas en distintos barrios o ciudades, y las mismas deben ser identificadas por el RUC y N° de establecimiento.
Cuando la empresa importadora no cuente con Estaciones de Servicios en las zonas señaladas en el párrafo anterior, o tenga menos de la cantidad requerida, deberá reportar dicho informe de las 5 (cinco) Estaciones de Servicios de su emblema, más cercanas a la Capital.
En cambio, si la empresa importadora no cuenta con emblema ni estaciones de servicios, deberá reportar dicho informe de las 5 (cinco) Estaciones de Servicios más cercanas a la Capital que comercialicen sus productos.”

Artículo 2) La SET pondrá a disposición de los contribuyentes afectados a esta disposición, en la página www.set.gov.py, el modelo de la planilla a ser utilizada para presentar la información requerida, hasta tanto se disponibilice en el Sistema Marangatu el Formulario correspondiente, la que deberá ser remitida a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Artículo 3) La presentación de la información fuera del plazo establecido, dará lugar a la aplicación de una multa de G 1.321.000 por Contravención.

Artículo 4) Publicar, comunicar y cumplido archivar.

Firma:

  • MARTA GONZÁLEZ AYALA. VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN
logo_edydsi_negro_gordo_pequeo01.png
Empresa de Desarrollo Y Distribución de
Sistemas de Información
Avda. Bruno Guggiari #2063
Asunción, Paraguay
info@edydsi.com
30030055
Hoy
Ayer
Esta semana
Semana anterior
Este mes
Mes anterior
6365
47934
171045
23100464
407785
769446
© Copyright 2024 EDYDSI SA.

Buscar