Legislasys: Resolución MIC 2017-00775 (R 775/17)

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RESOLUCIÓN N° 775/17
POR LA CUAL SE DISPONE LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN ELECTRÓNICA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS Y SOLICITUDES DE AMPLIACIÓN DE INVERSIÓN, EN EL MARCO DE LA LEY N° 60/90 “QUE APRUEBA, CON MODIFICACIONES, EL DECRETO-LEY N° 27, DE FECHA 31 DE MARZO DE 1990, POR EL CUAL SE MODIFICA Y AMPLIA EL DECRETO-LEY N° 19, DE FECHA 28 DE ABRIL DE 1989 QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE INCENTIVOS FISCALES PARA LA INVERSIÓN DE CAPITAL DE ORIGEN NACIONAL Y EXTRANJERO”.

Asunción, 27 de junio de 2017

VISTO: El Memorándum SSEI/DGFI/DDI N° 114 de fecha 08 de junio de 2017, de la Dirección de Desarrollo Industrial, remitido a la Dirección General de Fomento Industrial, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Industria, en el cual solicita la Resolución que disponga la implementación del Sistema de Gestión Electrónica para la presentación de solicitudes de aprobación y ampliación de proyectos de inversión; y

CONSIDERANDO: La Ley N° 904/1963 “Que establece las funciones del Ministerio de Industria y Comercio”, modificada y ampliada por las Leyes Números 2.961/2006 y 5.289/2014.

La Ley N° 60/90 del 26 marzo de 1991 “Que establece el Régimen de Incentivos fiscales para la inversión de capital de origen nacional y extranjero”.

El Decreto N° 22.031 del 14 de agosto de 2003 “Por el cual se establece el reglamento marco de la Ley N° 60/90 de fecha 26 de marzo de 1991 Que Establece el Régimen de Incentivos fiscales para la inversión de capital de origen nacional y extranjero”.

El Decreto N° 7.290 del 23 de marzo de 2006 “Por el cual se autoriza la aplicación del Sistema Simplificado de Exportación denominado “Ventanilla Única de Exportación -VUE”.

Que el Gobierno Nacional, con el objeto de fortalecer el sector industrial, ha creado mecanismos de apoyo y promoción para la industria nacional, así como una política de reforma y modernización de la Administración Pública, de manera a generar la confianza de los agentes económicos, con la aplicación de procesos simplificados, claros, predecibles y transparentes.

Qué las responsabilidades del Ministro de Industria y Comercio en la formulación y ejecución de la política confiada a la institución, conforme al artículo 1° inciso "B" del Decreto N° 2.348/99. "Por el cual se reglamenta la carta orgánica del Ministerio de Industria y Comerció" — Ley N° 904/63, y se deroga el Decreto N° 902/73.

Que el Ministerio de Industria y Comercio, ha desarrollado sobre la plataforma de la Ventanilla Única de Exportación (VUE), un Sistema de Gestión Electrónica - SGE, para la tramitación de presentación de proyectos y solicitudes de ampliación de inversión, para una mayor agilidad en la emisión de las Resoluciones Biministeriales.

Qué para la implementación del Sistema de Gestión Electrónica, se requiere de una correcta y comprensible reglamentación, la cual deberá aplicarse con una capacitación adecuada para su utilización, por parte de los usuarios directos del sistema.

Que, tras la revisión legal efectuada, la Dirección General de Asuntos Legales ha emitido el Dictamen Jurídico N° 280 de fecha 16 de junio de 2017, manifiesta que ha dado su parecer favorable para la suscripción de la presente Resolución.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones legales

EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
RESUELVE:

Artículo 1) Disponer la implementación del Sistema de Gestión Electrónica - SGE para la Presentación de Proyectos y Solicitudes de Ampliación de Inversión, en el marco de la Ley N° 60/90 y su reglamentaciones, a través de la plataforma del Sistema de Ventanilla Única Exportación - VUE.

Artículo 2) Aprobar el Manual Operativo de Procedimiento y Requisitos, relativo a la Presentación de Proyectos y Solicitudes de Ampliación de Inversión, que se anexa y forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3) La Dirección de Desarrollo Industrial - DDI y la Dirección General de Ventanilla Única del Exportador (VUE), deberán elaborar y actualizar en forma conjunta y permanente el Manual del Usuario del Sistema Electrónico aprobado en virtud a la presente Resolución.

Artículo 4) La presente Resolución, entrará en vigencia a partir del 01 de julio de 2017.

Artículo 5) Comunicar a quienes corresponda y cumplida, archivar.

Firman:

  • José Luis Rodríguez Tornaco. Ministro Sustituto
  • Roberto Machuca. Director General Fomento Industrial
  • Mario Cattoni. Director Desarrollo Industrial
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