Legislasys: Resolución M.H 2013-00261 (R 261/13)

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RESOLUCIÓN N° 261/13

POR LA CUAL SE AMPLÍA EL ARTÍCULO 7° DE LA RESOLUCIÓN M.H. N° 21/93 “POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN M.H. N° 812/92 Y SE ESTABLECE UN NUEVO RÉGIMEN ADMINISTRATIVO PARA LA IMPORTACIÓN DE WHISKY Y CIGARRILLOS”, MODIFICADO POR RESOLUCIÓN M.H. N° 68/2003 Y AMPLIADO POR RESOLUCIONES M.H. N°s. 604/2004 y 183/2010.

Asunción, 16 de julio de 2013

VISTOS: La Nota de fecha 13 de noviembre de 2012 de la firma Puerto Seguro Fluvial S.A. (Exps. M.H. N°s. 6565/2010 y 48.102/2012), en la que se solicita la autorización correspondiente para recibir y realizar trámites de despacho de importación de Whisky y Cigarrillos.

La Ley N° 109/91 “Que aprueba con modificaciones el Decreto - Ley N° 15 de fecha 8 de marzo de 1990 "Que establece las funciones y estructura Orgánica del Ministerio de Hacienda”, modificada y ampliada por Ley N° 4394/2011.

La Resolución M.H. N° 812 del 15 de setiembre de 1992 “Por la cual se establece un régimen administrativo para la importación de whisky, cigarrillos y vinos y se instituye los recaudos a ser presentados con la solicitud".

La Resolución M.H. N° 21 del 14 de enero de 1993 “Por la cual se modifica la Resolución N° 812/92 y se establece un nuevo régimen administrativo para la importación de whisky y cigarrillos".

La Resolución M.H. N° 68 del 24 de setiembre de 2003, “Por la que se modifica el Artículo 7° de la Resolución M.H. N° 21 del 14 de enero de 1993, y se dejan sin efecto las Resoluciones M.H. N°s. 1179 del 5 de julio de 1996, 2078 del 2 de octubre de 2000 y 257 del 3 de junio de 2002".

La Resolución M.H. N° 604 del 4 de octubre de 2004, “Por la cual se amplía el Artículo 7° de la Resolución M.H. N° 21/93, modificado por el Art. 1° de la Resolución M.H. N° 68 del 24 de setiembre de 2003”.

La Ley N° 2422/2004 “Código Aduanero”.

La Resolución M.H. N° 183 del 21 de mayo de 2010 “Por la cual se amplía el Artículo 7° de la Resolución M.H. N° 21/93 "Por la cual se modifica la Resolución N° 812/92 y se establece un nuevo régimen administrativo para la importación de whisky y cigarrillos”, modificado por Resolución M.H. N° 68/2003 y ampliado por Resolución M.H. N° 604/2004".

La Resolución M.H. N° 264 del 14 de setiembre de 2012 “Por la cual se establece una Administración de Aduana en la Terminal Portuaria Puerto Seguro Fluvial S.A., ubicada en el distrito de Villeta, margen izquierda del Río Paraguay; lugar denominado Guazú Corá - Cumbaryty, Departamento Central"; y

CONSIDERANDO: Que la Ley N° 109/91, establece que el Ministerio de Hacienda es el Órgano del Poder Ejecutivo encargado de la aplicación y la administración de todas las disposiciones legales referente a los tributos fiscales, su percepción y su fiscalización, así como la formulación y manejo de la política fiscal del Estado en coordinación con las demás políticas gubernamentales y en función de la situación, evolución y perspectiva de la Economía Nacional.

Que la Ley N° 2422/2004, menciona a la Dirección Nacional de Aduanas como un órgano del Estado de carácter autónomo, investido de personería jurídica y patrimonio propio, cuyo relacionamiento con el Podar Ejecutivo se realizará a través de la máxima autoridad del Ministerio de Hacienda.

Que por Resolución: M.H. N° 264/2012, se establece una Administración de Aduana en la Terminal Portuaria Puerto Seguro Fluvial S.A., habilitada por Resolución D.N.A. N° 485/2012.

Que es recomendable otorgar lo solicitado tomando en consideración que la Administración Aduanera debe acompañar el aumento del volumen en el comercio exterior, implementando medidas flexibles y efectivas que faciliten las actuaciones de las unidades de control.

Que el Departamento de Normas y Procedimientos de la Dirección Nacional de Aduanas se ha expedido favorablemente en los términos del Dictamen D.N.P. N° 36 del 4 de enero de 2013.

Que la Abogacía del Tesoro de este Ministerio se ha expedido en los términos del Dictamen N° 658 del 19 de junio de 2013.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones legales,

EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:

Art. 1) Ampliar el Artículo 7° de la Resolución M.H. N° 21 del 14 de enero de 1993, modificado por Resolución M.H. N° 68 del 24 de setiembre de 2003 y ampliado por Resoluciones M.H. N°s. 604 y 183 de fechas 4 de octubre de 2004 y 21 de mayo de 2010, respectivamente, el cual queda redactado de la siguiente manera:

“Art. 7°.- A los efectos de un estricto control del cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Resolución, los Despachos de Importación de Whisky y Cigarrillos, podrán ser tramitados y autorizados por las Administraciones de Aduanas de la Capital, Aeropuerto Internacional Silvio Pettírossi, Encamación, Villeta, José Falcón, Puerto Caacupe-mí, Terminales Portuarias S.A. (TERPORT S.A.), Puertos y Almacenes Generales Kanonnikof S.A. (P.A.K.S.A.), Puertos y Estibajes S.A., la Subadministración de. Aduana de la Terminal de Contenedores de Chaco-i. Solución Logística S.A. y Puerto Seguro Fluvial S.A. En caso de que dichos productos deban ser introducidos al país por una Administración de Aduana que no sea de las mencionadas precedentemente, las mercaderías deberán ser trasladadas a la Capital a los efectos de su control, pago de impuestos y despacho pertinente".

Art. 2) Comunicar a quienes corresponda y archivar.

Firma:

  • Manuel Ferreira Brusquetti. Ministro
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