Legislasys: Resolución MIC 2006-00387 (R 387/06)

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RESOLUCIÓN Nº 387/06

POR LA CUAL SE DISPONE EL INICIO DE LA APLICACIÓN DEL SISTEMA SIMPLIFICADO DE EXPORTACIÓN AUTORIZADO POR DECRETO Nº 7290/06, PARA LOS PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL, ASÍ COMO PRODUCTOS FITOSANITARIOS, FERTILIZANTES Y AFINES.

ASUNCIÓN, 31 de julio de 2006

VISTO: la Ley Nº 904/63 "QUE ESTABLECE LAS FUNCIONES DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO".

El Decreto Nº 7290/06 "POR EL CUAL SE AUTORIZA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA SIMPLIFICADO DE EXPORTACIÓN DENOMINADO "VENTANILLA ÚNICA DE EXPORTACIÓN (VUE)".

El Decreto Nº 20546/03 "POR EL CUAL SE CREA EL CENTRO DE SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES DE EXPORTACIÓN".

La Resolución SENAVE Nº 098, de fecha 20 de abril de 2006 "POR EL CUAL SE AUTORIZA, LA EMISIÓN A TRAVÉS DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE EXPORTACIÓN, LAS SOLICITUDES Y AUTORIZACIONES PARA LA TRAMITACIÓN DEL DESPACHO DE EXPORTACIÓN Y POSTERIOR EMISIÓN DEL CERTIFICADO FITOSANITARIO DE PRODUCTOS Y SUB PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL, ASÍ COMO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, FERTILIZANTES Y AFINES"; y

CONSIDERANDO: la importancia que asigna el Gobierno Nacional al Programa Simplificación de Trámites de Exportación para propiciar el impulso de una verdadera reactivación económica, programando con apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo los medios para agilizar, simplificar y automatizar los trámites de exportación, como una de las bases positivas para la aludida reactivación.

Que, el Decreto Nº 7290 del 23 de marzo de 2006 , establece que el Ministerio de Industria y Comercio dispondrá de las medidas necesarias para la implementación orgánica, administrativa y técnica del Sistema Simplificado de Trámites de Exportación denominado Ventanilla Única de Exportación.

Que, para la gradual implementación orgánica, administrativa y técnica del Sistema de Simplificación de Trámites de Exportación, conforme a lo previsto en el Art. 9º del mencionado Decreto, y a los efectos de dar inicio de la aplicación del referido sistema, se toma como base el Plan Piloto presentado por el Programa BID/FOMIN ATN/MT-8083-PR, individualizando los productos seleccionados, para luego avanzar la consiguiente aplicación al universo de productos nacionales de exportación.

Que, a los efectos de la adecuación al proceso informativo Ventanilla Única de Exportación - VUE, tanto del sector público como privado, resulta perentorio el inicio de las gestiones simplificadas de exportación conforme a los Productos Seleccionados en el Plan Piloto presentado por el Programa FOMIN BID ATN/MT-8083-PR, a los efectos de permitir que las iteraciones se realicen en un ambiente organizado y ordenado, para su posterior aplicación al universo de productos que el país exporte y vaya a exportar.

POR TANTO,

EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESUELVE:

Artículo 1) Disponer el inicio de la aplicación del Sistema Simplificado de Exportación, autorizado por Decreto Nº 7290/06, para los productos y subproductos de origen animal, así como para productos de uso veterinario.

Artículo 2) Aprobar el Manual Operativo referente a normas de procedimientos relativo a la interacción de las Instituciones involucradas y el Sistema de Ventanilla Única de Exportación (VUE), que se adjunta a la presente Resolución y forma parte integrante de la misma.

Artículo 3) Comunicar a quienes corresponda y cumplida, archivar.

Firma:

  • RAÚL VERA BOGADO. MINISTRO
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