Legislasys: Resolución BCP 2010-00011 (R 11/10)

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RESOLUCIÓN Nº 11/10

(DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY)

POR LA CUAL SE ESTABLECE EL REGLAMENTO DE ENCAJE LEGAL EN MONEDA NACIONAL y MONEDA EXTRANJERA.

Asunción, 11 de mayo de 2.010

Acta Nº 25

VISTO: el memorando COM.TRAB. N° 0001/10 de fecha 8 de marzo de 2010 de la Comisión de Trabajo, conformada por las Resoluciones G.G. N° 169/09 y 010/10 de la Gerencia General de la Institución de fechas 26 de octubre de 2009 y 2 de febrero de 2010, por el cual remite un proyecto de REGLAMENTO DE ENCAJE LEGAL EN MONEDA NACIONAL Y MONEDA EXTRANJERA; la Resolución Nº 16, Acta Nº 32 de fecha 28 de abril de 2008; el memorando S.D. N° 018/10 de la Secretaría del Directorio de la Institución de fecha 18 de enero de 2010; las providencias y el informe SB.II.UA. N° 0001/10 de la Intendencia de Inspección de la Superintendencia de Bancos de fechas 8, 12 y 17 de febrero de 2010; las providencias y el memorándum SB.IAFN.SES. N° 039/10 de la Intendencia de Análisis Financiero y Normas de la Superintendencia de Bancos fechas 19, 26 de febrero y 3 de marzo de 2010; las providencias de la Superintendencia de Bancos de fechas 8, 18 de febrero y 3 de marzo de 2010; los memorandos DCCC N°s. 029/10 y 089/10 de la Gerencia de Operaciones Nacionales de fechas 20 de enero y 11 de marzo de 2010; los memorandos GOPI/G N° 017/10 y DOP I/D N° 0001/10 de la Gerencia de Operaciones Internacionales de fechas 8 y 9 de marzo de 2010; los informes A.I. Nºs. 07/10 y 0285/10 de la Auditoría Interna de la Institución de fechas 5 de enero y 6 de abril de 2010; las providencias de la Gerencia General de la Institución de fechas 19, 22 de enero, 4, 10, 17 de marzo y 14 de abril de 2010; el memorando N° 650/10 de la Unidad Jurídica de la Institución de fecha 19 de abril de 2010; la providencia del Gabinete de la Presidencia de la Institución de fecha 7 de enero de 2010; y,

CONSIDERANDO: que, es necesario y conveniente unificar las disposiciones vigentes relativas al Encaje Legal en moneda nacional y extranjera, a efectos de su actualización y de una mejor comprensión por el Sistema Financiero Nacional de todo lo atinente a su composición, integración, plazos de remisión, contabilización, remuneración, control, penalización y exoneración.

Que, la Ley Nº 489/95 “Orgánica del Banco Central del Paraguay”, en sus artículos 68, 69 y 70, establece la obligatoriedad de la constitución de encaje legales y define los límites de su aplicación. A estos encajes, refieren también los artículos 6° y 12° de la Ley N° 2334/03 “DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Y RESOLUCIÓN DE ENTIDADES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA SUJETOS DE LA LEY GENERAL DE BANCOS, FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DE CRÉDITO.”

Por tanto, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 19º, inciso i), de la Ley Nº 489/95 “Orgánica del Banco Central del Paraguay” y la normativa concordante,

EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY

RESUELVE:

1°) Aprobar el REGLAMENTO DE ENCAJE LEGAL EN MONEDA NACIONAL Y MONEDA EXTRANJERA, cuyo texto se anexa y forma parte de esta Resolución.

2°) Establecer la vigencia del Reglamento aprobado por el artículo precedente a partir del 1 de junio de 2010.

3º) Instruir a la Gerencia General de la Institución a reglamentar los aspectos operativos de la presente Resolución.

4°) Disponer que a partir de la fecha establecida en el artículo anterior, quedan derogadas las siguientes Resoluciones:

• Resolución Nº 1, Acta Nº 145 de fecha 30 de julio de 1996.

• Resolución Nº 2, Acta Nº 145 de fecha 30 de julio de 1996.

• Resolución Nº 5, Acta Nº 153 de fecha 9 de agosto de 1996.

• Resolución Nº 6, Acta Nº 61 de fecha 5 de julio de 2004.

• Resolución Nº 23, Acta Nº 85 de fecha 23 de setiembre de 2004.

• Resolución N° 410 de la Gerencia General de fecha 23 de octubre de 2004.

• Resolución Nº 1, Acta Nº 19 de fecha 16 de marzo de 2009.

• Resolución Nº 1567/81 de la Superintendencia de Bancos de fecha 21 de diciembre de 1981.

• Resolución Nº 2026/90 de la Superintendencia de Bancos de fecha 27 de noviembre de 1990.

5°) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.

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