Legislasys: Ley 2018-06082 (Ley 6.082/18)

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LEY Nº 6.082/18

QUE AMPLÍA EL ALCANCE DE LA LEY N° 3.140/07 “QUE ESTABLECE PROCEDIMIENTOS DE CARÁCTER ESPECIAL Y TRANSITORIO PARA INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL”.

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1) Establécese que las personas cuyos certificados de nacimiento, matrimonio, defunción y libretas de familia que hayan sido expedidos por la Dirección General del Registro del Estado Civil, anteriores al año 2015 y no hayan sido asentados en los libros oficiales, podrán requerir la inscripción gratuita de dichos documentos, a través del procedimiento de carácter especial y transitorio creado por la Ley N° 3.140/07 “QUE ESTABLECE PROCEDIMIENTOS DE CARÁCTER ESPECIAL Y TRANSITORIO PARA INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL”.

Artículo 2) La Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas reglamentará los alcances de la presente ley, observando el carácter simplificado y gratuito del procedimiento especial a ser implantado.

Artículo 3) Dispóngase un plazo de tres años contados a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, para que los interesados puedan acogerse a sus alcances.

Artículo 4) Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a un día del mes de noviembre del año dos mil diecisiete, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los diez días del mes de mayo del año dos mil dieciocho, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución Nacional.

Firman: 

  • Pedro Alliana Rodríguez. Presidente. H. Cámara de Diputados
  • Fernando Armindo Lugo Méndez. Presidente. H. Cámara de Senadores
  • Marcial Lezcano Paredes. Secretario Parlamentario
  • Ramón Gómez Verlangieri. Secretario Parlamentario

Asunción, 30 de mayo de 2018

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

Firman: 

  • Horacio Manuel Cartes Jara. El Presidente de la República
  • Marcos Alberto Medina Britos. Ministro de Agricultura y Ganadería
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