Legislasys: Decreto 2019-03108 (D 3.108/19)

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DECRETO N° 3.108/19

POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA DEVOLUCIÓN DEL IVA CRÉDITO ESTABLECIDA EN LA LEY N° 6380/2019 "DE MODERNIZACIÓN Y SIMPLIFICACIÓN DEL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL".

Asunción, 19 de diciembre de 2019

VISTO: La Ley N° 6380/2019 «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional»; y

CONSIDERANDO: Que el Artículo 238, Numeral 3) de la Constitución Nacional faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a reglamentar las Leyes promulgadas.

Que la Ley N° 6380/2019, otorga a quienes realizan operaciones de exportación de bienes el beneficio de la devolución del IVA Crédito correspondiente a la adquisición de bienes y servicios relacionados con la exportación de bienes, siempre y cuando cumplan con las condiciones y requisitos previstos en la Ley.

Que resulta necesario reglamentar las disposiciones relativas al proceso de devolución del IVA Crédito con el fin de lograr una correcta interpretación y aplicación de la legislación vigente.

Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen N° 1711/2019.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:

Art. 1) Reglaméntase la devolución del IVA Crédito establecida en los Artículos 101, 102 y 103 de la Ley N° 6380/2019 «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional», conforme al Anexo que forma parte de este Decreto.

Art. 2) Establecese que a partir de la vigencia del presente Decreto quedará derogado el Decreto N° 1029/2013 y sus modificaciones, así como todas las disposiciones que resulten contrarias a lo establecido en el presente Decreto.

Art. 3) Dispónese que para el procedimiento de repetición de pago indebido o en exceso se aplicarán las disposiciones contenidas en los Artículos 217 al 223 de la Ley N° 125/1991.

Art. 4) Hasta tanto la Administración Tributaria dicte las disposiciones reglamentarias para la aplicación del presente Decreto, quedarán vigentes las resoluciones que regulan la Devolución del IVA Crédito del exportador.

Art. 5) Este Decreto entrará en vigencia el 1 de enero de 2020.

Art. 6) El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Hacienda.

Art. 7) Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

Firman:

  • Mario Abdo Benítez
  • Benigno López
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