Legislasys: Resolución ADU 2003-00126 (R 126/03)

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 

RESOLUCION N° 126/03

POR LA QUE SE DISPONE LA HABILITACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANAS POR LAS QUE PODRAN SER DESPACHADOS LOS DISCOS PARA SISTEMAS DE LECTURA POR RAYOS LÁSER (SIN GRABAR) DE LA POSICIÓN ARANCELARIA 8523.90.00.

Asunción, 8 de octubre del 2003

VISTO: Los Artículos 3º, 4º y 12° de la Ley 1.173/85 - "Código Aduanero", y;

CONSIDERANDO: Que por las disposiciones legales mencionadas se establecen las facultades de la Dirección General de Aduanas, en lo relativo a la competencia para la aplicación del Derecho Aduanero, como la fiscalización de las formalidades y requisitos que regulan la entrada y salida de mercaderías y los lugares por donde deban realizarse las operaciones aduaneras respectivas.

Que en dicho temperamento, ésta Dirección General de Aduanas considera de, necesidad establecer las medidas indispensables para garantizar el control y la transparencia en las operaciones realizadas con dicha mercadería.

POR TANTO: En mérito a las consideraciones expuestas y en uso de sus atribuciones; el,

DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

Art. 1) Disponer la habilitación de las Administraciones de Aduana de la Capital, Caacupe-mí, TERPORT S.A., Terminal de Cargas Km. 12 Ruta VII, P.A.K.S.A, Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi y Aeropuerto Internacional Guaraní, por las que podrán ser despachados los Discos para Sistemas de Lectura por Rayos Láser (sin grabar) de la Posición Arancelaria 8523.90.00.

Art. 2) Cuando las mercaderías mencionadas en el Art. anterior sean ingresadas por una Administración de Aduana distinta a fas mencionadas en el Art. Io de la presente Resolución, deberá disponerse su traslado, con acompañamiento hasta la Administración de Aduana habilitada más cercana para su despacho, debiendo de lo actuado elevarse informe a ésta Dirección General, sin perjuicio de la aplicación de lo establecido en la Circular D.G.A. NQ 11 de fecha 30 de Mayo del 2003.-

Art. 3) Comunicar a quienes corresponda, y cumplida archivar.

Firman:

  • GUSTAVO VOLPE DIRECTOR. GENERAL DE ADUANAS

 

logo_edydsi_negro_gordo_pequeo01.png
Empresa de Desarrollo Y Distribución de
Sistemas de Información
Avda. Bruno Guggiari #2063
Asunción, Paraguay
info@edydsi.com
29333951
Hoy
Ayer
Esta semana
Semana anterior
Este mes
Mes anterior
17290
34918
133884
22385158
481127
721277
© Copyright 2024 EDYDSI SA.

Buscar