Legislasys: Resolución 2009-00432 (R 432/09)

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RESOLUCIÓN DNCP N° 432/09
POR LA CUAL SE APRUEBA LA CARTA ESTÁNDAR DE INVITACIÓN PARA ADQUISICIÓN DE INMUEBLES Y SE ESTABLECE EL USO OBLIGATORIO DE LA MISMA, EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN POR EXCEPCIÓN REGIDOS POR LA LEY 2051/03 "DE CONTRATACIONES PÚBLICAS".


Asunción, 23 de marzo de 2009


VISTO: Los Arts. 1º, y 3º de la Ley N° 3.439/07, que modifica a la Ley N° 2051 /03.
Los Arts. 33 y 43 de la Ley N° 2051/03.
Los Arts. 33 y 72 del Decreto N° 21.909/03.
El decreto N° 10.395, del 21 de Mayo de 2007;
El Art. 137 inc. "c", del Anexo A del Decreto N° 1381/09;
El Decreto N° 14.956/92.
El Art. 15 de la Ley N° 167/93 "Que establece la estructura orgánica y funciones del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones".
El Decreto N° 20.132/03 "Por el cual se aprueba el manual que establece normas y procedimientos para la administración, control, custodia, clasificación y contabilización de los bienes del Estado".

CONSIDERANDO: La Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas", que crea a la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT), y le otorga la facultad de dictar disposiciones administrativas para el adecuado cumplimiento de la Ley y su Reglamento, el Decreto N° 21909/03.
El artículo 1 de la Ley N° 3439/07 que entre otras cosas modifica el artículo 5º de la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas", y crea la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) en sustitución de la anterior Unidad Central Normativa y Técnica y establece la Carta Orgánica de la nueva institución.
El Artículo 3 de la Ley 3439/07, inc. "a" que le confiere atribución a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para diseñar y emitir las políticas generales que sobre la contratación pública deban observar los organismos, las entidades y las municipalidades La citada disposición legal en su Art 3º inc. "g", que le otorga a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, la facultad de elaborar y difundir manuales de procedimiento y pliegos estándar de uso obligatorio para las entidades, organismos y municipalidades;
El Art. 33 del Decreto N° 21909/03, que en concordancia con lo mencionado en el párrafo precedente, dispone que la Elaboración de los Pliegos de bases y condiciones particulares para cada licitación deberán ajustarse a la Ley, al Reglamento y a los Pliegos estándar elaborados por esta Dirección Nacional.
El Decreto N° 21909/03, que establece la obligatoriedad del uso de los Pliegos estándar y faculta a la DNCP a aprobar los mismos.
El Art. 1º del Decreto N° 10395/07, establece la Obligatoriedad del uso de los pliegos estándar de bases y condiciones elaborados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
La necesidad de adoptar documentos estándar de uso obligatorio en los procesos de contrataciones públicas de Adquisición de Inmuebles para promover los principios de igualdad y libre competencia, transparencia y publicidad, a fin de establecer reglas más claras y uniformes para los oferentes y contratistas.
Que el Estado requiere que se encuentren cumplidas todas las formalidades establecidas para la valoración de los bienes inmuebles que se incorporarán en el inventario del Estado.
POR TANTO, en uso de sus atribuciones establecidas en la Ley N° 2051/03 y su De­creto Reglamentario N° 21909/03, así como en la Ley N° 3439/07;


EL DIRECTOR NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RESUELVE:


1) APROBAR la Carta Estándar de Adquisición de Inmuebles, a ser utilizados por las distintas instituciones, Entidades y Municipalidades, en los procesos de Vía de Excepción, llevados adelante en el marco de la Ley 2.051/03;
2) ESTABLECER la obligatoriedad del uso del pliego citado en el Art. 1º de la presente resolución por parte de las distintas instituciones, Entidades y Municipalidades, desde al día 30 de marzo de 2009.
3) DIFUNDIR el pliego citado en el artículo primero de la presente resolución a través del Portal de Contrataciones Públicas, www.contrataciones.qov.py, a cargo de esta Dirección Nacional.
4) ESTABLECER el plazo mínimo de cinco (5) días calendario, para la presentación de las ofertas en los procesos de contratación por excepción para adquisición de inmuebles, contados a partir de la invitación efectivamente cursada al/los potenciales oferente/s.
5) DISPONER que la invitación a los potenciales oferentes, solo podrá ser realizada una vez vencido los cinco (5) días hábiles previstos en el Art. 19, numeral 2, inc. "d" del Decreto N° 5174/05, debiendo además haberse difundido el llamado, en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP), y mencionar expresamente en la invitación, el número identificador (ID) del proceso, asignado por el mismo.
6) DETERMINAR que las entidades convocantes deberán remitir a la DNCP, para la comunicación del llamado los siguientes documentos:
•-Documentos del llamado
a) Nota dirigida a la DNCP
b) Carta invitación estándar
c) CDP
d) Resolución de la máxima autoridad autorizando la excepción
e) Dictamen elaborado por la UOC
f) Especificaciones Técnicas con su correspondiente Código de Catálogo
g) Formulario de llamado h) Planilla precio referencial
Lista de oferente/s Proforma de contrato
Proforma de Declaración jurada de no hallarse comprendido en las prohibiciones o limitaciones para contratar establecidas en el artículo 40 y de integridad conforme al artículo 20, inc. "w", ambos de la Ley Nº2051/03, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución Nº 330/07 de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
•-Documentos del Inmueble
a) Copia autenticada de la Tasación del MOPC, del Servicio Nacional de Catastro del Ministerio de Hacienda o de cualquier institución que cuente con oficina técnica autorizada con especialidad en la materia.
b) Carta de aceptación del/los oferente/s de la venta y tasación oficial. Copia autenticada del Informe de Condiciones de Dominio Copia autenticada del Informe del Servicio Nacional de Catastro.
e) Fotocopia autenticada de título de propiedad del inmueble
f) En caso de lotes: Copia autenticada de la Resolución de Loteamiento y Plano Georreferenciado.
g) En caso de Propiedad Horizontal: Copia del Reglamento Inscripto en el registro.
h) Cuando la actividad u obra a ser desarrollada en el inmueble a adquirir se encuentra prevista en el Art. 7 de la ley 294, el Art. 5 y los anexos 1 y 2 del Decreto N° 14.281/96 y los anexos 1 y 2 del mismo: copia autenticada de la licencia ambiental otorgada por la Secretaria del Ambiente (SEAM)
• Documentos del/los Oferente/s
a) En caso de Persona Física: Copia simple del Documento de Identidad
b) En caso de Personas Jurídicas: Copia simple de Estatutos Sociales y sus modificaciones, Actas de Asamblea, Acta del Directorio.
c) En caso de Apoderado: Fotocopia simple de Poder Especial
Obs: Las autenticaciones podrán ser realizadas por el Funcionario Autorizado de la Entidad Convocante.
7) DEFINIR que el/los oferente/s deberán presentar, además de los documentos requeridos por la convocante, el Anexo 2 debidamente completado y firmado.
8) COMUNICAR a quienes corresponda y, cumplida archivar.

Firma:

  • Ing. Juam Max Rejalaga.Director Nacional

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