RESOLUCIÓN N°1.005/13
DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES, RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS, DE CONFORMIDAD A LA LEY 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ARTICULO 104 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS"
Asunción 27 de diciembre de 2013.
VISTO: La necesidad de dar cumplimiento a las disposiciones de la CONSTITUCIÓN NACIONAL en sus artículos 104 y 283 numeral 6); la Ley 276/94 "ORGANICA Y FUNCIONAL DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA", en su art. 9 inc. f) referentes a la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada de bienes y rentas de funcionarios y empleados públicos ante la CGR; la Ley 5033/14 "QUE REGLAMENTA EL ARTICULO 104 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS"; y
CONSIDERANDO: Que, el artículo 104 de la Constitución Nacional dispone: "Los funcionarios y empleados públicos, incluyendo a los de elección popular, a los de entidades estatales, binacionales,autárquicas, descentralizadas y, en general, a quienes perciban remuneraciones permanentes del Estado, estarán obligados a prestar declaración jurada de bienes y rentas dentro de los quince días de haber tomado posesión de su cargo, y en igual termino al cesar el mismo".
Que, la ley 5033/13, en su artículo 4, numeral 10) expresa: "Establecer el formulario oficial de presentación de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos, y proveer el mismo a los sujetos por la presente ley"; y , en su artículo 25 manifiesta: "Las personas indicadas en el artículo 1° de esta ley, deberán actualizar sus respectivas declaraciones juradas de bienes y rentas, activos y pasivos dentro del plazo de 60 (sesenta) días contados a partir de la vigencia de la resolución de la Contraloría General de la República que apruebe el nuevo formulario a ser utilizado".
POR TANTO, en uso de sus facultades y atribuciones,
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Artículo 1) Aprobar el nuevo Formulario Oficial de presentación de declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos, que forma parte del anexo de esta Resolución.
Artículo 2) Confirmar que la presentación de declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos se realice por cada cargo dentro de los quince días de haber tomado posesión del mismo, y en igual término al cesar en el mismo.
Artículo 3) Disponer que la actualización de la presentación de declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos se realice según el calendario aprobado por la Contraloría General de la República.
Artículo 4) Comunicar a quienes corresponda, y cumplido archivar.
Firman:
- Oscar Rubén Velázquez Gadea.Contralor General de la República
- Alfredo David Barúa.Secretario General