Legislasys: Resolución SET 2016-00093 (R 93/16)

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RESOLUCION SET Nº 93/16

POR LA CUAL SE APRUEBAN LOS PROCEDIMIENTOS MÍNIMOS A EJECUTAR EN LOS TRABAJOS DE AUDITORÍA EXTERNA IMPOSITIVA.
                                                                                                   

 

Asunción, 29 de agosto de 2016



VISTO: El artículo 33 de la Ley N° 2.421/2004 “De Reordenamiento Administrativo y de Adecuación Fiscal”; y

CONSIDERANDO: Que el Art. 33 de la Ley N° 2.421/2004 dispone que la Subsecretaría de Estado de Tributación deberá establecer las normas técnico-contables a las cuales deberán ajustarse los criterios a ser tenidos en cuenta, así como los datos y requisitos que deberán contener los Informes que emitan los Auditores Externos Impositivos (AEI).
Que es necesario que tales criterios técnicos sean uniformes, para facilitar la tarea del AEI y mejorar el nivel de transparencia y confiabilidad de los informes y dictámenes impositivos emitidos por ellos, para lo cual se requiere establecer procedimientos mínimos a ser aplicados.
Que con tal propósito, estos procedimientos deben ser aplicados, tanto por aquellos auditores que se hayan inscripto ante la Subsecretaría de Estado de Tributación dando cumplimiento a lo establecido en la Resolución General N° 29/2014, como así también por aquellos que fueron favorecidos por el Acuerdo y Sentencia de la Corte Suprema de Justicia N° 841, del 03/11/2015, que declaró la inconstitucionalidad de la Resolución General N° 29/2014 para un grupo de sesenta y cinco auditores, y dispuso que les sean aplicadas las disposiciones de la Resolución General N° 20/2008.
Que independientemente a que los auditores se encuentren regulados por disposiciones reglamentarias diferentes, debe considerarse que la Auditoría Externa Impositiva fue establecida por Ley, no solo para que los contribuyentes cuenten con una opinión independiente respecto a la correcta liquidación de sus impuestos, sino que principalmente para que la Administración Tributaria disponga de un informe imparcial sobre las liquidaciones de impuestos de los contribuyentes, a efectos de coadyuvar en las tareas de control de esta.
Que la Administración Tributaria cuenta con facultades legales para establecer normas generales para trámites administrativos e impartir instrucciones para la mejor aplicación, percepción y control de los tributos.
Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido en los términos del Dictamen DPTT/DEINT N° 34 del 23 de agosto de 2016.

POR TANTO,

 


LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:

 



Artículo 1) Aprobar los Procedimientos Mínimos de Auditoría Externa Impositiva que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución, los cuales estarán publicados en la página web (www.set.gov.py) de esta Subsecretaría.

Artículo 2) Los Auditores Externos Impositivos habilitados por la SET o aquellos que conforme al Acuerdo y Sentencia N° 841 del 03/11/2015 se encuentran habilitados para realizar Auditorías Externas Impositivas, deberán aplicar los procedimientos mínimos aprobados en la presente Resolución, a partir de las Auditorías de los Estados Financieros del Ejercicio Fiscal 2016 con cierre el 30 de abril, 30 de junio y 31 de diciembre.
Artículo 3) Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

Firman:

  • MARTA GONZÁLEZ AYALA, VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN

                                                                                                                                                      
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