Legislasys: Resolución 2019-00425 (R 425/19)

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RESOLUCIÓN Nº 425/19
POR LA CUAL SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DEL USO DE LOS BASUREROS DIFERENCIADOS PARA LA SEGREGACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DENTRO DEL MADES EN EL MARCO DEL DECRETO N° 1.411/2019 "POR EL CUAL SE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL, SE APRUEBA LA «GUÍA PARA EL MANEJO DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN INSTITUCIONES» Y SE DISPONE SU USO EN LA GESTIÓN PÚBLICA”.

Asunción, 12 de Agosto de 2019.

VISTO: El Proyecto REVIVE y el Decreto N° 1.411/2019 "POR EL CUAL SE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL, SE APRUEBA LA «GUÍA PARA EL MANEJO DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN INSTITUCIONES» Y SE DISPONE SU USO EN LA GESTIÓN el Memorándum DEA N° 96/19, de fecha 25 de junio de 2019, firmado por el Ing. Ftal. Gustavo Rodríguez, Director de la Dirección de Educación Ambiental a la Dirección General de Gestión Ambiental; la Providencia de la Dirección de Gabinete de fecha 01 de julio de 2019, firmada por el Ing. Carlos Vecca, Director de la Dirección de Gabinete a la Dirección de Asesoría Jurídica; el Dictamen A.J. N° 649/19, de fecha 15 de julio de 2019, firmado por la Abog. Romina Vera, de la Oficina de Dictámenes, dependiente de la Dirección de Asesoría Jurídica a la Dirección de Asesoría Jurídica; la Providencia de la Dirección de Asesoría Jurídica, de fecha 31 de julio de 2019, firmada por el Abog. Hugo Cardozo, Director de la Dirección de Asesoría Jurídica a la Dirección de Gabinete; la Providencia de la Dirección de Gabinete, de fecha 07 de agosto de 2019, firmada por el Lic. Gustavo Ruiz Díaz, Director de la Dirección de Gabinete a la Secretaria General.
CONSIDERANDO: Que, el Memorándum DEA N° 96/19 de fecha 25 de junio de 2019, firmado por el Ing. Ftal. Gustavo Rodríguez, Director de la Dirección de Educación Ambiental, refiere lo siguiente... “a fin de remitir adjunto el borrador de Resolución para la implementación del proyecto piloto de segregación de residuos sólidos urbanos en el marco del Decreto N° 1.411/2019 2019 “POR EL CUAL SE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL, SE APRUEBA LA «GUÍA PARA EL MANEJO DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN INSTITUCIONES» Y SE DISPONE SU USO EN LA GESTIÓN PÚBLICA ”. La misma apunta para que todos los Funcionarios del MADES se empoderen de esta iniciativa y tener éxito como líder en segregación en origen de los residuos generados... este aporte es meramente para darle formalidad al proyecto REVIVE pudiendo la instancia superior establecer la modalidad de su cumplimiento a través de una CIRCULAR O NOTAS A CADA DIRECCIÓN GENERAL, por lo que sugiero sea remitido a las instancias correspondientes para su dictamen jurídico”.
Que, es necesario que todos los funcionarios de las Direcciones Generales, Direcciones Técnicas, de Apoyo, se empoderen de este proyecto piloto, que tiene por objeto la segregación en origen de los residuos generados al interior de las Instituciones Públicas. Que, el MADES, como Institución líder en la temática ambiental, y como encargado de implementar la Política Ambiental Nacional, y en el marco del Decreto ut supra mencionado, ha sido beneficiado para llevar adelante el proyecto piloto. Que, la temática ambiental por su carácter dinámico, exige a las instituciones responsables adecuar sus normas y procedimientos a las tendencias modernas en esta materia, de tal forma a permitir que el marco legal, constituya una herramienta que asegure el uso sustentable de los recursos naturales.
Que, la Ley N° 1.561/2000 “Que crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente”, dispone en el Artículo 18 Inc. g) Son funciones y atribuciones del Secretario Ejecutivo: “dictar todas las resoluciones que sean necesarias para la consecución de los fines de la Secretaría, pudiendo establecer los reglamentos internos necesarios para su funcionamiento”.
Que, el mismo cuerpo legal en su Art. 14° reza: “La SEAM adquiere el carácter de autoridad aplicación de las siguientes leyes:... o) todas aquellas disposiciones legales (leyes, decretos, acuerdos internacionales, ordenanzas, resoluciones, etc.) que legislen en materia ambiental.
Que, a su vez, la Ley N° 3.956/09 de “GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS EN LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY” menciona en su Artículo 7 que: “La Autoridad de Aplicación de la presente Ley es la Secretaría del Ambiente (SEAM), con facultad para regular, examinar y resolver la aprobación o el rechazo del proyecto de Gestión Integral de Residuos Sólidos, debiendo efectuar inspecciones, verificaciones, mediciones y demás actos necesarios para la correcta implementación del proyecto y el cumplimiento de esta Ley. Por vía reglamentaria, dictará las normas complementarias necesarias para la adecuada gestión de los residuos sólidos”.
Que, a través del Decreto N° 1.411/2019 “POR EL CUAL SE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL, SE APRUEBA LA «GUÍA PARA EL MANEJO DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN INSTITUCIONES» Y SE DISPONE SU USO EN LA GESTIÓN PÚBLICA” se estable que cada institución pública será responsable de realizar la separación en origen de los residuos valorizados.
Que, el Dictamen A.J. N° 649 de fecha 15 de julio de 2019, firmado por la Abog. Dictaminante Romina Vera Viveros de la Dirección de Asesoría Jurídica, que dictamina que no presenta reparos legales a efectos de la suscripción de la citada resolución, por estimarse que la misma está orientada con los fines institucionales.
Que, por Ley N° 6.123/2018 “Eleva al rango de Ministerio a la Secretaría del Ambiente y pasa a denominarse Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, y el Artículo 2 de la misma reza: “El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible se regirá por las disposiciones de la Ley N° 1561/00 “QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DEL AMBIENTE, EL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE Y LA SECRETARÍA DEL AMBIENTE”, en la parte pertinente que no sean derogadas y no contraríen las disposiciones de la presente Ley”
Que, el Decreto N° 140 de fecha 29 de agosto de 2018, nombra al Señor César Ariel Oviedo Verdún, como Ministro del Ambiente y Desarrollo Sostenible.
POR TANTO en uso de sus atribuciones,

EL MINISTRO
DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE:

Artículo 1) ESTABLECER la obligatoriedad del uso de los basureros diferenciados para todos los funcionarios de la Institución, con el objeto de segregar en origen los residuos orgánicos y resto, reciclables o valorizables (ENVASES Y EMBALAJES), y papel y cartón que estarán dispuesto en lugares estratégicos en toda la Institución.

Artículo 2) ESTABLECER que todos los funcionarios deberán cuidar de los bienes citados en el artículo precedente y depositar los residuos según las señalizaciones indicadas por cada basurero identificado por color Negro, Verde, y los basureros de cartón para papeles.

Artículo 3) SANCIONAR a los funcionarios que no cumplan con la presente Resolución, conforme a lo establecido en la Ley N° 1626 “de la Función Pública”.

Artículo 4) DESIGNAR al Departamento de Mantenimiento y Servicios Generales dependiente de la Dirección Administrativa de la Dirección de Administración y Finanzas, como responsable de tomar las acciones que correspondan para la implementación de la presente normativa.

Artículo 5) COMUNICAR a quienes corresponda y cumplida, archivar.

Firma: 

  • ARIEL OVIEDO, MINISTRO.
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